La AEPD aprueba la modificación del Código de Conducta de AUTOCONTROL para agilizar la resolución de conflictos y reforzar el régimen sancionador en la publicidad

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere a la modificación del Código de conducta de tratamiento de datos en la actividad publicitaria, presentado por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL). Este código fue aprobado inicialmente por la Directora de la AEPD el 9 de octubre de 2020 y se acreditó al Jurado de la Publicidad como organismo de supervisión interno.

El proyecto de modificación y ampliación del código, presentado el 14 de octubre de 2022, ha sido objeto de análisis por el Gabinete Jurídico de la AEPD. Este análisis se basa en el informe emitido por la Subdirección General de Promoción y Autorizaciones (SGPA) de la AEPD, que verifica los requisitos de admisibilidad y detalla las modificaciones propuestas.

Las principales modificaciones se centran en el sistema de resolución de conflictos y la inclusión de un régimen sancionador. En cuanto a la resolución de conflictos, se simplifica el procedimiento de mediación, eliminando la fase previa de ofrecimiento a la empresa para que su delegado de protección de datos (DPD) gestione la reclamación. Además, se establece la intervención voluntaria del Jurado de la Publicidad en una segunda fase, lo que agiliza el proceso y respeta las funciones del DPD.

Para las reclamaciones trasladadas por la AEPD, se introduce un apartado específico que ajusta los plazos de resolución a los plazos administrativos de la AEPD, conforme al artículo 65.4 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

En cuanto al régimen sancionador, se establece un sistema independiente del previsto en los estatutos de AUTOCONTROL, aplicable a cualquier entidad adherida al código. Esto refuerza la función del Jurado de la Publicidad como organismo de supervisión y fomenta el cumplimiento del código.

El Gabinete Jurídico concluye que la modificación y ampliación del código de conducta propuesta se ajusta a la normativa vigente sobre protección de datos personales y supone un beneficio para los interesados, al agilizar la tramitación y resolución de reclamaciones. Además, incentiva la adhesión de entidades al código y mejora los mecanismos de cumplimiento, lo que aumenta su valor añadido. Por ello, se informa favorablemente sobre la propuesta de modificación.

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