AEPD Analiza Proyecto de Orden del Ministerio de Justicia: Garantías de Protección de Datos en la Nacionalidad Española por Residencia

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza un proyecto de Orden del Ministerio de Justicia que establece los requisitos y condiciones para la suscripción de convenios de habilitación para la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia. Este informe se solicita conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y el Estatuto de la Agencia.

El proyecto de Orden se fundamenta en varias normativas, incluyendo la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, que permite a las Administraciones Públicas habilitar a personas físicas o jurídicas para realizar transacciones electrónicas en representación de los interesados. También se menciona el Real Decreto 1671/2009, que regula la suscripción de convenios para la presentación electrónica de documentos.

El informe destaca la necesidad de que la normativa respete los principios de objetividad, proporcionalidad y no discriminación. Además, subraya la importancia de que los datos de carácter personal sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las finalidades determinadas, conforme al principio de calidad de los datos establecido en la LOPD.

En cuanto a la transmisión de datos, el informe señala que la comunicación de altas y bajas de colegiados o asociados debe ser limitada a aquellos que han solicitado la habilitación, evitando así la recopilación de datos excesivos. También se propone que el Ministerio de Justicia solo pueda utilizar estos datos para los fines previstos en los convenios de habilitación.

El tratamiento y cesión de datos de los solicitantes de nacionalidad española por residencia se regula adecuadamente en el Real Decreto 1004/2015, que establece que los profesionales habilitados actúan como representantes y mandatarios del solicitante, y no como encargados del tratamiento.

Finalmente, el informe aborda los requisitos de la plataforma de preparación de expedientes, sugiriendo que debe constituirse como una plataforma única y centralizada. Se plantea la necesidad de eliminar las obligaciones de custodia y acceso permanente a los expedientes, o en su defecto, establecer un contrato conforme al artículo 12 de la LOPD y cumplir con las medidas de seguridad correspondientes.

En resumen, el informe de la AEPD subraya la importancia de que el proyecto de Orden respete la normativa de protección de datos, asegurando que los datos personales sean tratados de manera adecuada, pertinente y segura, y que solo se utilicen para los fines previstos en los convenios de habilitación.

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