El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere al Proyecto de Real Decreto que regula las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) en la creación de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante tramitación telemática. Este informe es preceptivo y se basa en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y el Estatuto de la AEPD.
El Proyecto de Real Decreto tiene como objetivo establecer las especificaciones y condiciones para el uso del DUE en el proceso de creación de estas entidades, respetando la normativa sustantiva y de publicidad que regula dichas formas societarias. La disposición adicional tercera del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 14.1 de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores son las bases legales que permiten la regulación del DUE y su uso en la tramitación telemática.
El artículo 7 del Proyecto establece que los Puntos de Acceso al Emprendedor (PAE) solo podrán recabar datos personales directamente de sus titulares o con su consentimiento explícito, y únicamente en la medida necesaria para realizar los trámites contemplados en el real decreto. Además, el tratamiento de estos datos estará sometido a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El informe destaca que el tratamiento de datos se basa en el consentimiento explícito de los afectados y que los datos no podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad, conforme a lo exigido por el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 15/1999. Dado que el Proyecto cumple con estos requisitos y cuenta con el consentimiento de los interesados, la AEPD informa favorablemente sobre el Proyecto de Real Decreto.
En resumen, el informe jurídico de la AEPD concluye que el Proyecto de Real Decreto que regula el uso del DUE en la creación de diversas entidades societarias mediante tramitación telemática es conforme a la normativa de protección de datos. La AEPD destaca la importancia del consentimiento explícito y el uso limitado de los datos personales, asegurando así la protección de los derechos de los afectados.