AEPD valida datos y procedimientos del Premio a Tesis Doctorales sobre Violencia de Género y recomienda mejoras en protección de datos

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere al proyecto de Orden que establece las bases reguladoras del Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género. Este informe es preceptivo y se basa en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y el Estatuto de la Agencia.

El proyecto de Orden establece las bases y el procedimiento para la adjudicación del premio, incluyendo los datos que deben facilitarse por los solicitantes. El artículo 4.3 del proyecto especifica estos datos, y el artículo 5 se dedica a la protección de datos. La AEPD considera que los datos solicitados son adecuados, pertinentes y no excesivos, conforme a la Ley Orgánica 15/1999.

El procedimiento de concesión del premio se somete a la Ley General de Subvenciones, y los solicitantes pueden optar entre aportar su documentación identificativa o verificar su identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, lo cual es conforme a la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

El artículo 5 del proyecto, titulado «protección de datos», incluye tres previsiones: la inclusión de los datos de los solicitantes en un fichero, la supresión de información que contenga datos personales de víctimas de violencia de género, y la información a los interesados sobre el tratamiento de sus datos. La AEPD recomienda que el proyecto proceda a la creación del fichero con carácter previo a la recogida de datos, conforme a la normativa de protección de datos.

En cuanto a la supresión de datos personales, especialmente los relacionados con víctimas de violencia de género, la AEPD sugiere que se expliciten con mayor claridad las exigencias de disociación y anonimización de los trabajos presentados. Esto evitaría problemas de interpretación y reforzaría la protección de datos sensibles.

Finalmente, respecto a la información al interesado, la AEPD recomienda que esta se incorpore a los modelos de solicitud, tal como se prevé en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Esto garantizaría que los solicitantes sean debidamente informados sobre el tratamiento de sus datos personales desde el inicio del proceso.

En resumen, el informe de la AEPD valida la adecuación de los datos solicitados y el procedimiento de verificación de identidad, pero sugiere mejoras en la creación del fichero, la claridad en las exigencias de disociación de datos y la incorporación de la información al interesado en los modelos de solicitud. Estas recomendaciones buscan reforzar la protección de datos personales y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

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