Anteproyecto de Ley de Supervisión de Seguros Privados: Análisis de la AEPD sobre la Conformidad con la Protección de Datos

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre el Anteproyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados aborda la conformidad de este anteproyecto con la legislación vigente en materia de protección de datos. El informe se estructura en varias secciones que analizan distintos aspectos del anteproyecto, destacando las obligaciones de las entidades aseguradoras y la supervisión por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

### Principales Puntos del Informe:

1. **Objeto y Alcance del Anteproyecto**:
– El anteproyecto tiene como objetivo regular y supervisar la actividad aseguradora privada, protegiendo los derechos de tomadores, asegurados y beneficiarios, y promoviendo la transparencia y el desarrollo del sector.
– Se reforma el Régimen de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, introduciendo modificaciones en varias leyes relacionadas.

2. **Obligaciones de las Entidades Aseguradoras**:
– Las entidades deben suministrar información a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para el ejercicio de sus funciones supervisoras.
– La información incluye datos sobre la actividad de las entidades, riesgos asumidos, sistemas de gestión de riesgos, y estructura de capital.
– Se establece un régimen detallado de tratamiento y cesión de datos por parte de la Dirección General, asegurando la confidencialidad y el uso adecuado de la información.

3. **Cesión y Tratamiento de Datos**:
– La cesión de datos debe ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, que permite la cesión sin consentimiento si está amparada por una norma con rango de Ley.
– Se analizan las cesiones de datos a otras autoridades administrativas y a autoridades de supervisión de otros Estados, asegurando que se respeten los principios de finalidad y proporcionalidad.

4. **Registro Administrativo**:
– Se regula el registro administrativo que llevará la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en el que se inscribirán entidades aseguradoras, grupos, y otras figuras relevantes.
– El acceso a los datos de carácter personal en el registro está sometido a la Ley Orgánica 15/1999, garantizando la protección de los datos personales.

5. **Tratamiento de Datos por las Entidades Aseguradoras**:
– El anteproyecto recoge la creación de ficheros comunes y la cesión de datos al reasegurador, asegurando que se respeten los derechos de los afectados.
– Se proponen modificaciones para clarificar la legitimación y el alcance del tratamiento de datos de carácter personal por parte de las entidades aseguradoras.

6. **Externalización, Cesión de Cartera y Modificaciones Estructurales**:
– Se analizan las implicaciones de la externalización de actividades, la cesión de cartera y las modificaciones estructurales, asegurando que se respeten las normas de protección de datos.
– Se propone la inclusión de normas específicas para regular estos supuestos y garantizar la protección de los datos personales.

7. **Intercambio de Información en Grupos de Entidades Aseguradoras**:
– Se regula el intercambio de información dentro de grupos de entidades aseguradoras, asegurando que se respeten los principios de finalidad y proporcionalidad.
– Se propone la inclusión de un apartado que regule la cesión de datos dentro del grupo para el cumplimiento de obligaciones de supervisión.

### Conclusiones y Propuestas:

El informe concluye que el anteproyecto es conforme con la legislación vigente en materia de protección de datos, siempre y cuando se introduzcan las modificaciones y aclaraciones necesarias. Se proponen varias enmiendas para garantizar la protección de los datos personales y asegurar que las cesiones y tratamientos de datos se realicen de acuerdo con los principios de finalidad, proporcionalidad y confidencialidad.

En resumen, el informe de la AEPD proporciona un análisis detallado de las implicaciones del anteproyecto en materia de protección de datos, ofreciendo recomendaciones específicas para asegurar la conformidad con la legislación vigente y proteger los derechos de los afectados.

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