AEPD Aprobada Creación del Registro Electrónico del Ministerio de Igualdad con Sugerencias para Mejorar la Seguridad de Datos

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se refiere a la revisión del Proyecto de Orden que crea el registro electrónico del Ministerio de Igualdad. Este proyecto se somete al informe de la AEPD conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Estatuto de la Agencia.

El proyecto tiene como objetivo la creación de un registro electrónico en aplicación de la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y su desarrollo reglamentario. La Ley 11/2007 establece que las administraciones públicas deben crear registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones. Además, especifica que las disposiciones de creación de estos registros deben indicar el órgano responsable, la fecha y hora oficial, y los días inhábiles para el cómputo de plazos.

El Anexo II del Proyecto detalla las características del fichero correspondiente al registro electrónico. Desde la perspectiva de la AEPD, el proyecto cumple con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos y su Reglamento de desarrollo. Sin embargo, se sugieren dos precisiones para la redacción final del Proyecto:

1. **Medidas de Seguridad**: El artículo 13.1 del Proyecto menciona la interoperabilidad y seguridad del registro, haciendo referencia a los Reales Decretos 3/2010 y 4/2010. La AEPD sugiere añadir una referencia explícita al Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, para asegurar que el registro cuente con las adecuadas medidas de seguridad en el tratamiento de datos personales.

2. **Nivel de Seguridad**: El Anexo del Proyecto prevé la adopción de medidas de seguridad de nivel alto. La AEPD señala que, según la modificación del artículo 81.5 b) del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 por el Real Decreto 3/2010, podrían ser suficientes las medidas de nivel básico en ciertos casos. No obstante, la disposición puede mantener el nivel alto de seguridad si así lo decide el responsable del fichero, ya que las medidas de cada nivel tienen la condición de mínimos exigibles.

En resumen, el informe de la AEPD considera que el Proyecto de Orden cumple con la normativa vigente en materia de protección de datos, pero propone algunas ajustes para mejorar la claridad y seguridad del registro electrónico. Estas sugerencias buscan asegurar que el registro electrónico del Ministerio de Igualdad cumpla con los más altos estándares de protección de datos personales.

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