AEPD Analiza el Proyecto de Orden sobre Incapacidad Temporal y Riesgos en el Embarazo: Cumplimiento y Protección de Datos en el Régimen de Funcionarios Civiles del Estado

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza el Proyecto de Orden que regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Este proyecto se enmarca en la reforma del Reglamento General de Mutualismo Administrativo, aprobada por el Real Decreto 2/2010, y desarrolla las previsiones contenidas en los artículos 18 a 22 del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

El Proyecto establece los modelos de partes médicos de baja, iniciales o de confirmación, para las situaciones mencionadas, que se incorporan a los Anexos I y II del Proyecto. Estos modelos pueden ser sustituidos por otros obtenidos mediante medios electrónicos, conforme a la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

El Capítulo I del Proyecto regula el procedimiento para la expedición del parte médico inicial, que se entregará en dos copias: una para el mutualista y otra para el órgano de personal competente. La entrega de estos partes se entenderá como una solicitud de concesión de la licencia inicial y sus posibles prórrogas. Además, se establece que no será preciso el consentimiento del interesado para que los datos codificados puedan ser tratados a través del fichero automatizado de MUFACE, al que podrán acceder los órganos de personal y las Unidades Médicas de Seguimiento.

El Capítulo II detalla el procedimiento relacionado con la situación de incapacidad temporal, incluyendo la emisión quincenal de partes de confirmación y la regulación de informes adicionales de ratificación para la concesión de prórrogas o extinción de la situación. El artículo 10 del Proyecto regula la transmisión de datos sobre las licencias concedidas, asegurando el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.

El Capítulo IV se refiere a las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, estableciendo que junto con el informe médico se debe emitir un informe de evaluación de riesgos referido al puesto de trabajo. El artículo 21 del Proyecto se ocupa del permiso de maternidad, indicando los datos que debe incorporar el modelo de solicitud.

El informe destaca que el Proyecto debe cumplir con la Ley Orgánica 15/1999 en lo que respecta al tratamiento y cesión de datos de salud. Se subraya la necesidad de que los tratamientos y cesiones de datos se realicen conforme a las habilitaciones otorgadas por el Texto Refundido y que se respeten las medidas de seguridad establecidas en la normativa de protección de datos.

Finalmente, se señala que los modelos de partes médicos incluidos en los Anexos del Proyecto deben ser modificados para incluir una cláusula informativa que cumpla con los requisitos del artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999, asegurando que los afectados sean informados adecuadamente sobre el tratamiento de sus datos personales.

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