AEPD valida Proyecto de Real Decreto sobre Datos Mínimos en Informes Clínicos del Sistema Nacional de Salud, destacando su alineación con la normativa de protección de datos

El informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) analiza el Proyecto de Real Decreto que establece el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud. Este proyecto tiene como objetivo homogeneizar y armonizar la información contenida en las historias clínicas, facilitando su comprensión y transmisión, especialmente a través de medios telemáticos.

El informe destaca la necesidad de que la norma incluya una referencia explícita en su Exposición de Motivos, indicando que ha sido sometida al previo informe de la AEPD, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Estatuto de la Agencia.

El Proyecto se estructura en varios anexos que detallan los datos mínimos que deben incluirse en diferentes tipos de informes clínicos, como hospitalización, consulta de especialidades, urgencias, atención primaria, pruebas de laboratorio, pruebas de imagen y enfermería. Estos anexos también contemplan una historia clínica resumida, que incluye información relevante para la asistencia sanitaria del paciente.

El informe subraya la importancia de cumplir con los principios de protección de datos, como la adecuación, pertinencia y exactitud de los datos, conforme a la Ley Orgánica 15/1999. Además, se hace referencia a la Ley 41/2002, que regula la autonomía del paciente y los derechos en materia de información y documentación clínica, y a la Ley 16/2003, que establece el marco de intercambio de información clínica en el Sistema Nacional de Salud.

Se analiza también la inclusión de «observaciones subjetivas del profesional» en la historia clínica, un aspecto que ha generado problemas interpretativos. El Proyecto limita estas anotaciones a valoraciones de auténtico interés para el manejo de problemas de salud, evitando así restricciones innecesarias al derecho del paciente a acceder a su información clínica.

El informe concluye que el Proyecto cumple con la normativa de protección de datos y procede a informar favorablemente. Sin embargo, se sugiere que se establezcan salvedades para los casos en que las leyes prevean la codificación de los datos de la historia clínica, separando los identificativos de los clínico-asistenciales, como se ha hecho en otros desarrollos normativos recientes.

En resumen, el informe jurídico de la AEPD valida el Proyecto de Real Decreto, destacando su alineación con la normativa de protección de datos y sugiriendo ajustes para adaptarse a futuros desarrollos normativos en materia de codificación de datos clínicos.

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