AEPD Aclara su Rol en la Supervisión de Sistemas de Videovigilancia: No Autoriza, pero Vela por el Cumplimiento de la Normativa de Protección de Datos

El Informe 0246/2008 del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aborda una consulta relacionada con la autorización y regulación de sistemas de videovigilancia. La AEPD responde a un escrito recibido el 23 de abril de 2008, en el que se solicita información sobre la autorización de estos sistemas.

En primer lugar, la AEPD aclara que no tiene competencias para autorizar directamente la instalación de sistemas de videovigilancia. Su función principal es velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales. En este sentido, la AEPD se rige por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y por la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, emitida por la propia Agencia.

La Ley Orgánica 15/1999 establece los principios y derechos fundamentales en materia de protección de datos, asegurando que cualquier tratamiento de datos personales se realice de manera lícita, leal y transparente. La Instrucción 1/2006, por su parte, proporciona directrices específicas sobre el uso de sistemas de videovigilancia, asegurando que estos sistemas se implementen de manera que respeten los derechos de los ciudadanos.

La AEPD subraya que, aunque no autoriza la instalación de sistemas de videovigilancia, es responsable de supervisar que el tratamiento de datos derivado de estos sistemas cumpla con la normativa vigente. Esto incluye aspectos como la información a los afectados, la limitación del acceso a las grabaciones, la conservación de los datos durante un período determinado y la adopción de medidas de seguridad adecuadas.

En resumen, el Informe 0246/2008 de la AEPD aclara que, aunque no tiene competencias para autorizar la instalación de sistemas de videovigilancia, su rol es fundamental en garantizar que el tratamiento de datos personales derivado de estos sistemas se realice conforme a la legislación vigente. La AEPD se basa en la Ley Orgánica 15/1999 y en la Instrucción 1/2006 para asegurar que los derechos de los ciudadanos se respeten y que los sistemas de videovigilancia se implementen de manera adecuada y segura.

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