Divulgación Masiva de Datos del Registro de Vehículos: La AEPD Advierte sobre el Uso Incompatible de Información Personal

El informe jurídico 184/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aborda la cuestión de la utilización de datos obtenidos del Registro de Vehículos para un fin incompatible con el interés legítimo que justificó su acceso. La consulta se centra en la conducta de una persona que, siendo periodista, obtuvo datos de un vehículo propiedad de un cargo público y los distribuyó masivamente sin relación con su profesión.

El análisis se basa en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece que los datos personales solo pueden ser comunicados a terceros para fines relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario, o cuando la cesión esté autorizada por ley. En este caso, el acceso al Registro de Vehículos está permitido para quienes demuestren un interés legítimo y directo, sin necesidad del consentimiento del afectado.

El Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, define el Registro de Vehículos como un sistema público al que pueden acceder terceros con un interés legítimo. La finalidad del Registro es identificar al titular del vehículo, conocer sus características técnicas y verificar el cumplimiento de obligaciones legales.

El informe concluye que, aunque el acceso a los datos del Registro de Vehículos fue legal, la posterior divulgación masiva de esos datos no se ajusta a la finalidad legítima que justificó su obtención. La Ley Orgánica 15/1999 establece que los datos deben ser utilizados únicamente para la finalidad para la que fueron recogidos y no para fines incompatibles. La divulgación masiva no puede considerarse una finalidad legítima, ya que el Registro no puede evaluar el interés de las personas a las que se distribuyeron los datos.

Por lo tanto, la conducta del solicitante, que distribuyó los datos con la intención de divulgarlos masivamente, podría ser contraria al artículo 4.2 de la Ley Orgánica 15/1999, que prohíbe el uso de datos para fines incompatibles con aquellos para los que fueron obtenidos. El informe subraya la importancia de respetar el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales y la necesidad de que cualquier uso posterior de los datos esté alineado con la finalidad original que justificó su acceso.

Deja un comentario

Responsable: PRIVTOOLS. Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la aceptación y publicación de tu comentario en esta página. Legitimación: Necesario para publicar y gestionar los comentarios. Datos: Nombre, email y un fragmento de la dirección IP. Destinatarios: Los datos no serán cedidos salvo obligación legal. Transferencias internacionales no están previstas. Derechos: podrás acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos escribiéndome a daniel(at)privtools.eu, así como presentar una reclamación ante una autoridad de control.