El informe jurídico de la AEPD número 83/2006 aborda la creación de un registro de identificación de animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a la Ley 5/2002 de protección de animales. Este registro tiene como objetivo identificar electrónicamente a los perros y censarlos en los ayuntamientos correspondientes, asegurando que cada animal lleve una identificación censal permanente.
La Ley 5/2002 establece que los poseedores de perros deben identificarlos y censarlos dentro de un plazo específico, y que cada municipio debe crear un registro canino. Además, se crea un Registro Central Informatizado dependiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, que centralizará los datos proporcionados por los registros municipales.
El informe analiza la posibilidad de que los Colegios de Veterinarios actúen como encargados del tratamiento de datos por cuenta de los ayuntamientos, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Para ello, es necesario que los Colegios actúen bajo las instrucciones de los ayuntamientos y que se establezca un contrato formal que regule esta relación, especificando las condiciones bajo las cuales se tratarán los datos.
El contrato debe incluir cláusulas que aseguren que los datos solo se tratarán conforme a las instrucciones del ayuntamiento, que no se utilizarán para fines distintos a los previstos y que se destruirán o devolverán una vez cumplida la prestación contractual. Además, se deben adoptar medidas de seguridad adecuadas y se debe evitar cualquier cesión de datos no autorizada.
El informe también aborda el deber de información a los afectados, señalando que, en este caso, está exceptuado debido a que el tratamiento de datos está expresamente regulado por una ley. Asimismo, se menciona que los propietarios de los animales no pueden oponerse a la inclusión de sus datos en el registro, ya que esta acción está amparada por la normativa vigente.
En resumen, el informe concluye que la creación del registro de identificación de animales en Extremadura es conforme a la legislación vigente, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para el tratamiento de datos personales y se respeten las condiciones contractuales entre los ayuntamientos y los Colegios de Veterinarios.