| Resolución | TD-02686-2017 |
| Firmado | 2018-06-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Don L.L.L. presentó una reclamación contra Google LLC por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de ciertos enlaces (URLs) que aparecían en los resultados de búsqueda al ingresar su nombre. El reclamante solicitó que se eliminaran once URLs específicas de los resultados de búsqueda.
El proceso comenzó con la apertura del procedimiento de tutela de derechos, donde se solicitó al reclamante que aclarara su solicitud y proporcionara documentación adicional, como copias actualizadas de las páginas de resultados del buscador y cualquier documento relevante que demostrara la obsolescencia o lesividad de los datos publicados.
Google respondió indicando que algunas de las URLs no habían sido reclamadas previamente y que otras ya no aparecían en los resultados de búsqueda. El reclamante, por su parte, argumentó que Google había desatendido su solicitud y criticó la necesidad de realizar múltiples solicitudes para que su derecho fuera atendido.
La resolución determinó que, respecto a las URLs que no habían sido reclamadas previamente, la solicitud de cancelación no se había ejercido de manera adecuada, por lo que se desestimó la reclamación para esas URLs. Sin embargo, para las URLs que ya no aparecían en los resultados de búsqueda, se estimó la reclamación por motivos formales, ya que la pretensión del reclamante se había alcanzado durante la tramitación del procedimiento.
En resumen, la decisión fue desestimar la reclamación para siete URLs debido a la falta de solicitud previa y estimar la reclamación para cuatro URLs porque ya no aparecían en los resultados de búsqueda, cumpliendo así con la pretensión del reclamante.