| Resolución | TD-02673-2017 |
| Firmado | 2018-05-16T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La reclamación presentada por Dña. A.A.A. contra la entidad COR CONSTRUCCIONES, OBRAS Y REHABILITACIONES, S.L. se centra en la falta de atención a su derecho de cancelación de datos personales. La reclamante solicitó la eliminación de un video en el que aparecía, pero la entidad no cumplió con su solicitud en el plazo legalmente establecido.
La entidad argumentó que no había denegado el derecho de cancelación, pero que la reclamante no especificó claramente qué datos quería eliminar. Además, mencionaron que el video no estaba siendo utilizado y que habían intentado retirarlo sin éxito. La reclamante, por su parte, insistió en que el video había sido subido a internet y que su consentimiento para su uso se limitaba a su relación laboral, la cual ya había finalizado.
La resolución estima la reclamación, instando a la entidad a que, en un plazo de diez días hábiles, remita a la reclamante una certificación que acredite la cancelación de los datos solicitados. La entidad también debe comunicar las actuaciones realizadas a la Agencia. La falta de cumplimiento puede resultar en una infracción según el artículo 44 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
La resolución se basa en el incumplimiento por parte de la entidad del plazo legal para responder a la solicitud de cancelación y en la obligación de retirar datos personales cuando ya no se ajusten a la normativa vigente o cuando el consentimiento para su uso haya sido revocado.