| Resolución | TD-02662-2017 |
| Firmado | 2018-04-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/02662/2017 se originó a partir de una reclamación presentada por D. B.B.B., representado por D. A.A.A., contra el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO). La reclamación se basó en la negativa del CITCO a permitir el acceso a los datos personales del reclamante en el fichero SRI-SENDA.
El reclamante solicitó acceso a sus datos en el mencionado fichero, pero CITCO denegó la solicitud argumentando que la información estaba protegida por razones de seguridad nacional y defensa del Estado, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos. CITCO explicó que el fichero SRI contiene datos personales de sujetos investigados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y que estos datos están clasificados como secretos para proteger la seguridad pública y las investigaciones en curso.
El reclamante insistió en su derecho de acceso, invocando la Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo, que establece el derecho de acceso a la información en procesos penales. Sin embargo, se determinó que este derecho debe ser ejercido ante las instancias judiciales correspondientes, y no ante el CITCO.
Tras analizar las alegaciones y la documentación presentada, se concluyó que la denegación del acceso por parte de CITCO estaba justificada debido a las excepciones previstas en la legislación vigente para proteger la seguridad nacional y las investigaciones en curso. Por lo tanto, se desestimó la reclamación, confirmando la decisión de CITCO de no proporcionar acceso a los datos solicitados.