AEPD desestima reclamación por abuso en solicitudes de cancelación de datos en ficheros de solvencia

Resolución TD-02655-2017
Firmado 2018-03-26T00:00:00Z
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La reclamación presentada por Dª A.A.A. contra Experian Bureau de Crédito, S.A. y Sociedad Conjunta para la Emisión y Gestión de Medios de Pago, E.F.C. S.A. (Iberia Cards) se centra en la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin haber sido informada previamente. La reclamante solicita la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento.

Experian Bureau de Crédito, S.A. y Iberia Cards argumentan que la inclusión de los datos de la reclamante en los ficheros de solvencia se realizó conforme a la normativa vigente y que ya se había resuelto un expediente previo (TD/1466/2015) en el que se acreditó el correcto cumplimiento de la normativa. Además, señalan que la reclamante ha ejercido su derecho de cancelación de manera sistemática y abusiva, presentando reclamaciones cada dos semanas sin fundamentar adecuadamente su solicitud.

La resolución desestima la reclamación al considerar que la reclamante no persigue el restablecimiento de la legalidad, sino que utiliza el ejercicio de sus derechos de manera abusiva y desproporcionada. Se destaca que la reclamante ha presentado múltiples reclamaciones similares en el pasado, todas desestimadas, lo que evidencia un abuso del derecho. La normativa de protección de datos no ampara el ejercicio antisocial de un derecho, y la reiteración de reclamaciones sin fundamento legítimo no está protegida por la ley.

La resolución subraya que las anotaciones en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito gozan de presunción de legalidad y que la competencia de la autoridad se limita a verificar el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para el tratamiento de los datos, sin realizar indagaciones propias de la esfera civil. Por tanto, se desestima la reclamación y se notifica la resolución a las partes involucradas.