La AEPD ordena a Google eliminar vínculos a noticias obsoletas sobre condenas de un abogado en sus resultados de búsqueda

Resolución TD-02576-2017
Firmado 2018-04-20T00:00:00Z
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Don C.C.C. presentó una reclamación contra Google LLC por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante solicitó que sus datos no se asociaran con una noticia publicada en 2009, en la que se mencionaba su condena por falsificación de contabilidad y apropiación indebida. Argumentó que la información era obsoleta y que los hechos habían ocurrido entre 1997 y 1999.

Google, por su parte, defendió que la información era de interés público y relevante, especialmente dado que el reclamante ejercía como abogado en Sevilla. La empresa argumentó que la noticia no era inexacta y que el interés público justificaba su permanencia en los resultados de búsqueda.

Tras analizar las alegaciones, se determinó que la información era obsoleta y que su permanencia en los resultados de búsqueda constituía una injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada del reclamante. Se consideró que, aunque la publicación inicial de la noticia podría haber sido lícita, el paso del tiempo había hecho que la información ya no fuera pertinente.

Por ello, se estimó la reclamación y se instó a Google a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre del reclamante se vinculara con la URL en cuestión en los resultados de búsqueda. La resolución también se notificó a Google Spain, S.L., para que diera traslado a Google Inc.