AEPD ordena a Vodafone rectificar y responder adecuadamente a la solicitud de corrección de datos de una usuaria

Resolución TD-02559-2017
Firmado 2018-03-15T00:00:00Z
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La resolución trata sobre una reclamación presentada por Dª A.A.A. contra Vodafone Ono, S.A.U., debido a que la empresa no atendió adecuadamente su solicitud de rectificación de datos personales. La reclamante había solicitado la corrección de su DNI, que según ella estaba incorrecto, y también reclamaba una indemnización por los costes de devolución que le suponía este error.

Vodafone alegó que el DNI estaba correcto y que la rectificación se realizó el 12 de noviembre de 2017. Sin embargo, no se pudo acreditar que la respuesta fue recibida por la reclamante, lo cual es un requisito legal para considerar cumplido el deber de respuesta.

La resolución estima la reclamación y ordena a Vodafone que, en un plazo de diez días hábiles, remita a la reclamante la contestación a su solicitud de rectificación o acredite que ya se ha cumplido con este deber. De no hacerlo, la empresa podría incurrir en una infracción según lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La reclamante también solicitó una indemnización por los perjuicios sufridos, pero se le indicó que debe dirigirse a los órganos de la jurisdicción ordinaria para reclamar dicha indemnización, conforme a lo dispuesto en la ley.