| Resolución | TD-02558-2017 |
| Firmado | 2018-04-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 2 de noviembre de 2017, D. A.A.A. presentó una reclamación contra el partido político CIUDADANOS, PARTIDO DE LA CIUDADANÍA, alegando que no se había atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante había ejercido su derecho de cancelación el 6 de julio de 2017, y aunque la entidad respondió informando que se había tramitado la baja de comunicados, el reclamante continuó recibiendo correos electrónicos en fechas posteriores.
La entidad reconoció haber enviado un correo por error el 1 de noviembre de 2017, atribuyéndolo a un fallo excusable. Sin embargo, no proporcionó evidencia de que la dirección de correo electrónico del reclamante hubiera sido cancelada o bloqueada para evitar futuros tratamientos indebidos de sus datos.
La resolución estimó la reclamación, instando a CIUDADANOS, PARTIDO DE LA CIUDADANÍA a informar al reclamante sobre la cancelación o bloqueo de su dirección de correo electrónico en un plazo de diez días hábiles. La entidad fue advertida de que, en caso de no cumplir, podría incurrir en una infracción según el artículo 44 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
La decisión subraya la importancia de cumplir con las solicitudes de cancelación de datos personales y de asegurar que los datos bloqueados no sean tratados indebidamente en el futuro.