AEPD sanciona a R Cable por incumplir plazos legales en la cancelación de datos personales

Resolución TD-02535-2017
Firmado 2018-02-13T00:00:00Z
Enlace 📋

El procedimiento TD/02535/2017 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A. El reclamante ejerció su derecho de cancelación de datos personales el 11 de octubre de 2017, pero no recibió una respuesta en el plazo legalmente establecido.

La empresa reconoció que hubo un retraso en la respuesta debido a un error, y afirmó que finalmente se procedió a la cancelación de los datos del reclamante. Sin embargo, no presentó una copia de la carta enviada al reclamante, solo un certificado de Correos que confirmaba el envío.

El reclamante no presentó alegaciones adicionales. Durante el procedimiento, se constató que la empresa había atendido la solicitud de cancelación, pero no se consideró válido que la respuesta se haya dado durante el trámite administrativo de la reclamación.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la empresa no había respondido en el plazo legalmente establecido. No se emitió una nueva certificación, dado que la empresa había atendido la solicitud durante el procedimiento de tutela de derechos.

La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales para responder a las solicitudes de derechos de los ciudadanos, como el derecho de cancelación, y la necesidad de proporcionar pruebas claras y completas de las acciones realizadas.