AEPD sanciona a ENALQUILER RENTAL ONLINE S.L. por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-02534-2017
Firmado 2018-02-12T00:00:00Z
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El expediente TD/02534/2017 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra ENALQUILER RENTAL ONLINE S.L. debido a la falta de atención a su derecho de cancelación de datos personales. El reclamante solicitó en dos ocasiones la cancelación de sus datos a través de correos electrónicos, pero continuó recibiendo publicidad, lo que indicaba que la cancelación no se había llevado a cabo correctamente.

ENALQUILER RENTAL ONLINE S.L. respondió a las solicitudes del reclamante informando sobre una incidencia técnica que había sido solucionada, pero la evidencia mostró que el reclamante seguía recibiendo comunicaciones comerciales. Además, la empresa no respondió adecuadamente a los requerimientos de información solicitados durante el procedimiento, lo que agravó la situación.

La normativa vigente, específicamente el artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que el responsable del tratamiento debe hacer efectivo el derecho de cancelación en un plazo de diez días. En este caso, la empresa no cumplió con este plazo ni con la obligación de notificar la cancelación a los cesionarios, si los hubiera.

Dado que la empresa no atendió debidamente la solicitud de cancelación y continuó enviando publicidad al reclamante, se procedió a estimar la reclamación. Se instó a ENALQUILER RENTAL ONLINE S.L. a remitir una certificación al reclamante, en un plazo de diez días hábiles, confirmando que se ha atendido su derecho de cancelación. De no hacerlo, la empresa podría incurrir en una infracción según el artículo 44 de la mencionada ley.