AEPD sanciona a Scouts de Andalucía por no responder adecuadamente a la solicitud de cancelación de datos personales de un menor

Resolución TD-02472-2017
Firmado 2018-03-26T00:00:00Z
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El 24 de octubre de 2017, D. B.B.B. presentó una reclamación contra Scouts de Andalucía (ASDE) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales de su hijo. El reclamante había enviado varias solicitudes, tanto por correo electrónico como por correo certificado, para que se eliminaran los datos de su hijo de los ficheros de ASDE. Sin embargo, no recibió una respuesta clara y completa.

Durante el proceso, ASDE certificó que había cancelado los datos del menor de sus ficheros informatizados. No obstante, el reclamante señaló que aún había fotografías de su hijo en páginas web, específicamente en Facebook del grupo «C.C.C.». ASDE argumentó que estas imágenes no fueron publicadas por ellos, sino por otro grupo scout, y que ya habían sido eliminadas.

La resolución determinó que, aunque ASDE había cancelado los datos, no había proporcionado una respuesta formal al reclamante, como exige la normativa. Además, la solicitud inicial del reclamante fue genérica y no especificaba claramente los datos a cancelar ni las direcciones web donde estaban publicadas las fotografías.

Por estos motivos, se estimó la reclamación y se instó a ASDE a remitir al reclamante una certificación que acredite la atención de su solicitud de cancelación dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. En caso de no cumplir, ASDE podría incurrir en una infracción según el artículo 44 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.