| Resolución | TD-02466-2017 |
| Firmado | 2018-03-15T00:00:00Z |
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El expediente TD/02466/2017 trata sobre la reclamación presentada por D. A.A.A. contra Unión Sindical Obrera (USO) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de sus datos de una lista de distribución de correos electrónicos. El reclamante había solicitado la baja de la lista tras recibir un correo de USO, pero la entidad le sugirió bloquear los mensajes en lugar de eliminar sus datos.
La reclamación se basa en el incumplimiento del derecho de cancelación y oposición al tratamiento de datos personales, conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su reglamento de desarrollo. El reclamante ejerció su derecho de oposición al envío de correos electrónicos con contenido sindical, pero USO no respondió adecuadamente dentro del plazo establecido.
La resolución estima la reclamación y ordena a USO que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que acredite haber atendido su derecho de oposición o, en su defecto, deniegue de manera fundada y motivada dicha solicitud. La entidad debe comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente en el mismo plazo, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en la LOPD.
La decisión se fundamenta en la necesidad de respetar los derechos de los afectados en materia de protección de datos, especialmente en lo que respecta al derecho de oposición y cancelación. La resolución subraya que, aunque la libertad sindical es un derecho fundamental, no es ilimitado y debe respetar los derechos de los trabajadores, incluyendo su derecho a la protección de datos.