AEPD sanciona a SERRANO GESTION DE EMPRESAS por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-02431-2017
Firmado 2018-04-05T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada por Dña. A.A.A. contra la entidad SERRANO GESTION DE EMPRESAS 2012, S.L. La reclamante denunció que su solicitud de cancelación de datos personales, presentada el 28 de septiembre de 2017, no había sido atendida adecuadamente por la entidad. La reclamante ejerció su derecho de cancelación conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), pero no recibió respuesta en el plazo legal de diez días.

La entidad rechazó automáticamente la reclamación el 1 de diciembre de 2017, sin proporcionar una respuesta motivada. Esto constituyó una infracción de los derechos del reclamante, ya que la LOPD establece que el responsable del tratamiento debe responder a las solicitudes de cancelación en un plazo máximo de diez días. La falta de respuesta adecuada y la posterior negativa automática sin justificación fueron consideradas como una vulneración del derecho de cancelación de la reclamante.

La resolución insta a la entidad SERRANO GESTION DE EMPRESAS 2012, S.L. a que, en un plazo de diez días hábiles, remita a la reclamante una certificación que acredite que ha atendido su solicitud de cancelación o, en su defecto, una denegación motivada y fundamentada. La entidad debe comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente en el mismo plazo. De no cumplir con esta resolución, la entidad podría incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD.