AEPD sanciona a USO por no respetar el derecho de cancelación de datos de un reclamante

Resolución TD-02429-2017
Firmado 2018-03-14T00:00:00Z
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El expediente TD/02429/2017 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Unión Sindical Obrera (USO) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de sus datos de una lista de distribución de correos electrónicos. El reclamante recibió un correo de USO y solicitó la baja, pero la entidad respondió sugiriendo que bloqueara los mensajes en lugar de cancelar su suscripción.

El reclamante denunció que su derecho de cancelación no fue respetado, lo cual es un derecho reconocido en la normativa de protección de datos. Según la normativa, los individuos tienen el derecho a oponerse al tratamiento de sus datos personales en ciertos casos, especialmente cuando no se requiere su consentimiento previo y existen motivos fundados y legítimos para hacerlo.

En este caso, se determinó que USO no había atendido adecuadamente la solicitud de cancelación del reclamante, lo cual constituye una infracción de sus derechos. La resolución insta a USO a remitir una certificación al reclamante en la que se haga constar que ha atendido su derecho de oposición o a denegar fundada y motivadamente dicha solicitud, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en la normativa de protección de datos.

La decisión subraya la importancia de respetar los derechos de los individuos en cuanto al tratamiento de sus datos personales, especialmente en lo que respecta a la cancelación y oposición al tratamiento de sus datos. La entidad reclamada fue sancionada por no cumplir con estas obligaciones legales, destacando la necesidad de que las organizaciones manejen adecuadamente las solicitudes de los individuos en materia de protección de datos.