AEPD desestima reclamación contra El Corte Inglés por retraso en acceso a datos personales

Resolución TD-02376-2017
Firmado 2018-04-04T00:00:00Z
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El 30 de octubre de 2017, Dª A.A.A. presentó una reclamación contra EL CORTE INGLÉS, S.A. debido a que no había recibido respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales, ejercida el 20 de julio de 2017. La reclamante solicitaba información sobre sus datos personales, su origen y las comunicaciones realizadas o previstas.

Durante el procedimiento, EL CORTE INGLÉS alegó que, al tener conocimiento de la solicitud, procedió a atender el derecho de acceso ejercitado por la reclamante. Se presentó documentación que confirmaba que el responsable del tratamiento había atendido la solicitud de acceso.

La normativa vigente establece que los interesados tienen derecho a solicitar y obtener información sobre sus datos personales, y que el responsable del tratamiento debe responder a estas solicitudes en un plazo máximo de un mes. Si no se responde en este plazo, el interesado puede interponer una reclamación.

En este caso, aunque la reclamante no recibió una respuesta en el plazo establecido, EL CORTE INGLÉS finalmente atendió la solicitud de acceso antes de que se resolviera la reclamación. Por ello, se desestimó la reclamación, ya que el derecho de acceso había sido finalmente ejercido y atendido por la entidad.

No se impuso sanción alguna, ya que, aunque hubo un retraso en la respuesta inicial, EL CORTE INGLÉS cumplió con su obligación de proporcionar la información solicitada antes de la resolución del procedimiento.