| Resolución | TD-02375-2017 |
| Firmado | 2018-03-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/02375/2017 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra INFORMA D&B, S.A. El reclamante solicitó la cancelación de sus datos personales en los ficheros de la entidad, específicamente aquellos relacionados con incidencias judiciales y de organismos públicos. La solicitud se basó en una resolución judicial que le concedió la exoneración del pasivo insatisfecho por la Ley Concursal.
La reclamación se fundamentó en que INFORMA no había respondido adecuadamente a la solicitud de cancelación dentro del plazo legal de diez días. Durante el procedimiento, INFORMA alegó que había respondido confirmando la información del concurso de acreedores debido a un error en la verificación del auto adjuntado por el interesado. Posteriormente, el 22 de noviembre de 2017, INFORMA procedió a cancelar la información del reclamante.
La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta de INFORMA fue extemporánea. Sin embargo, no se emitió una nueva certificación porque se acreditó que la entidad atendió la solicitud de cancelación durante la tramitación del procedimiento. La decisión subraya la importancia de responder a las solicitudes de cancelación de datos dentro del plazo legal establecido, evitando así posibles sanciones y garantizando el cumplimiento de los derechos de los afectados.