| Resolución | TD-02368-2017 |
| Firmado | 2018-01-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/02368/2017 se inició el 20 de octubre de 2017, cuando D. D.D.D., representado por D. C.C.C., presentó una reclamación contra Ediciones Zeta, S.A. La denuncia se basaba en que la empresa no había atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante había pedido que sus datos, publicados en un comentario de 2015, no fueran indexados por buscadores de internet en dos URLs específicas.
Ediciones Zeta, S.A. recibió la reclamación y presentó sus alegaciones correspondientes. Sin embargo, antes de que se tomara una decisión definitiva, el reclamante presentó un escrito de desistimiento del procedimiento el 27 de diciembre de 2017.
La resolución acepta el desistimiento del reclamante, poniendo fin al procedimiento. La decisión se basa en el artículo 94 de la Ley 39/2015, que permite a los interesados desistir de sus reclamaciones, siempre que no haya terceros afectados que deseen continuar con el procedimiento. En este caso, no se habían personado terceros, por lo que se aceptó el desistimiento sin más trámites.
La resolución también establece que se notificará a ambas partes y que se hará pública una vez notificada, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos y su reglamento de desarrollo. Además, se informa sobre los recursos que pueden interponerse contra esta resolución, ya sea un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo.