La AEPD sanciona a la Policía Local de Albacete por incumplir el derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-02366-2017
Firmado 2018-03-26T00:00:00Z
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El procedimiento TD/02366/2017 se originó a partir de la reclamación presentada por D. A.A.A. contra la Policía Local de Albacete. El reclamante solicitó acceso a sus datos personales incluidos en los ficheros «Actuaciones Policiales AB» y «Gestión Administrativa Policía Local» el 24 de marzo de 2017, pero no recibió una respuesta adecuada dentro del plazo legal.

La Policía Local argumentó que, aunque inicialmente hubo un error en la tramitación de las solicitudes, finalmente se proporcionó la información solicitada. Sin embargo, no se presentó ninguna prueba documental que confirmara que se había cumplido con el deber de respuesta establecido por la normativa vigente.

La resolución estimó la reclamación, instando a la Policía Local de Albacete a remitir al reclamante una certificación que facilite el acceso a sus datos, o a denegar de manera fundada y motivada dicho acceso, o a acreditar el cumplimiento del deber de respuesta. La Policía Local debía cumplir con esta instrucción en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en la normativa de protección de datos.

La decisión se fundamenta en el derecho del interesado a obtener información sobre sus datos personales y en la obligación del responsable del tratamiento de datos de responder a las solicitudes de acceso en un plazo determinado. La falta de respuesta adecuada y la ausencia de pruebas documentales que acrediten el cumplimiento del deber de respuesta justificaron la sanción.