| Resolución | TD-02283-2017 |
| Firmado | 2018-03-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Don F.F.F. presentó una reclamación contra Google LLC por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de un enlace en el buscador. El enlace en cuestión dirigía a una noticia publicada en la página web de la Cadena Ser, donde se mencionaba al reclamante en relación con un evento ocurrido en 2003. El reclamante argumentaba que la información era obsoleta y no cumplía con la finalidad original de su publicación.
Google, por su parte, alegó que la información era de interés público debido a la relevancia del reclamante en el sector universitario y de investigación. La empresa sostuvo que la noticia no podía considerarse obsoleta, ya que el reclamante seguía vinculado a dicho sector.
Tras analizar las alegaciones, se determinó que la información tenía una proyección pública significativa y que el interés del público en acceder a dicha información prevalecía sobre el derecho del reclamante a la cancelación. Se concluyó que la información era relevante y de interés público, por lo que no procedía la eliminación del enlace.
Finalmente, se desestimó la reclamación presentada por don F.F.F. contra Google LLC, argumentando que la información publicada era de interés público y que el reclamante, por su proyección en el sector universitario, debía soportar una mayor exposición de sus datos ante la opinión pública.