| Resolución | TD-02269-2017 |
| Firmado | 2018-04-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La reclamación presentada por doña A.A.A. contra Google LLC. se centró en la falta de atención a su derecho de cancelación. La reclamante solicitó la eliminación de un enlace que contenía sus datos personales (domicilio, teléfono y correo electrónico) en los resultados de búsqueda de Google. Estos datos, según la reclamante, eran de carácter personal y no profesional.
El proceso comenzó el 4 de octubre de 2017, cuando la reclamante ejerció su derecho de cancelación ante Google. Sin embargo, la empresa no atendió debidamente esta solicitud. Tras varias comunicaciones y subsanaciones, Google finalmente informó que el enlace reclamado ya no aparecía en los resultados de búsqueda al realizar una consulta con el nombre de la reclamante.
Durante el procedimiento, se constató que Google, como gestor de un motor de búsqueda, es responsable del tratamiento de datos personales que indexa y presenta en sus resultados de búsqueda. Esto se basa en la normativa vigente y en sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establecen que los motores de búsqueda deben considerar las solicitudes de cancelación de datos personales, independientemente de si estos datos se eliminan de las páginas web originales.
Finalmente, se estimó la reclamación por motivos formales, ya que la pretensión de la reclamante se había alcanzado durante la tramitación del procedimiento. La resolución se notificó a Google Spain, S.L., como establecimiento del responsable en España, para que diera traslado a Google LLC., y a doña A.A.A. La resolución se hizo pública conforme a la normativa vigente.