AEPD sanciona a Orange por incumplir el derecho de oposición a la publicidad de una usuaria

Resolución TD-02268-2016
Firmado 2022-12-28T00:00:00Z
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D.ª A.A.A. presentó una reclamación contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (antes JAZZTEL) por no haber atendido su derecho de oposición a recibir publicidad. La reclamante ejerció este derecho el 9 de junio de 2016, pero no recibió respuesta. Posteriormente, aunque la empresa afirmó haber excluido sus datos de las campañas publicitarias, la reclamante continuó recibiendo publicidad.

Durante el procedimiento, ORANGE ESPAGNE, S.A.U. alegó que había cumplido con la solicitud de oposición y proporcionó pruebas que supuestamente demostraban la inclusión de la reclamante en la LISTA ROBINSON. Sin embargo, se comprobó que la reclamante no estaba realmente incluida en dicha lista, lo que indicaba que la empresa no había cumplido adecuadamente con la solicitud de oposición.

Por ello, se estimó la reclamación, ordenando a ORANGE ESPAGNE, S.A.U. a cumplir con el derecho de oposición de la reclamante.