AEPD desestima reclamación contra Securitas Direct por cumplir con la normativa de protección de datos

Resolución TD-02157-2017
Firmado 2018-02-13T00:00:00Z
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La reclamación fue presentada por Dª. A.A.A. contra la entidad SECURITAS DIRECT ESPAÑA S.A.U. debido a que no se atendió adecuadamente su derecho de cancelación de datos personales. La reclamante ejerció este derecho el 20 de septiembre de 2017, pero alegó que no recibió respuesta adecuada.

SECURITAS DIRECT argumentó que había respondido a la solicitud de cancelación el 22 de septiembre de 2017, pero el correo fue devuelto por ausencia de la reclamante. Posteriormente, el 27 de octubre de 2017, la empresa volvió a comunicar que había procedido a cancelar los datos mediante el bloqueo de los mismos, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

La resolución determinó que SECURITAS DIRECT había cumplido con su obligación de responder a la solicitud de cancelación dentro del plazo legal de diez días, aunque la primera respuesta fue devuelta por ausencia de la reclamante. Además, se destacó que la reclamante no respetó el plazo legal para presentar la reclamación, lo que permitió a la empresa responder adecuadamente a su solicitud.

Por estos motivos, se desestimó la reclamación presentada por Dª. A.A.A., ya que se consideró que SECURITAS DIRECT había actuado conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos. La resolución también indicó que las demás cuestiones planteadas por las partes no eran competencia de la entidad que resolvió el caso y debían ser resueltas por las instancias correspondientes.