AEPD sanciona al Ayuntamiento de Zaragoza por incumplir plazos en derechos de acceso y cancelación de datos personales

Resolución TD-02129-2017
Firmado 2018-02-13T00:00:00Z
Enlace 📋

El 15 de septiembre de 2017, D. A.A.A. presentó una reclamación contra el Centro Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza por no haber atendido adecuadamente sus derechos de acceso y cancelación de datos personales. El reclamante había solicitado el acceso a sus datos y la baja de los mismos el 7 de abril de 2017, pero no recibió respuesta alguna dentro del plazo legal establecido.

La normativa vigente establece que el responsable del tratamiento debe responder a las solicitudes de acceso y cancelación en un plazo máximo de un mes y diez días, respectivamente. En caso de no hacerlo, el interesado puede interponer una reclamación. Además, el derecho de acceso y cancelación son independientes y no requieren el ejercicio previo de uno para el otro.

En este caso, se constató que el Centro Municipal de Servicios Sociales no había respondido a las solicitudes del reclamante dentro del plazo legal, incumpliendo así sus obligaciones. Por ello, se estimó la reclamación y se instó al centro a que, en un plazo de diez días hábiles, facilitara al reclamante el acceso completo a sus datos y procediera a su cancelación, o denegara de forma motivada y fundamentada dichos derechos. De no cumplir con esta resolución, el centro podría incurrir en una infracción según lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La resolución también establece que las actuaciones realizadas como consecuencia de esta decisión deben ser comunicadas a la entidad correspondiente en el mismo plazo. Además, se notificó la resolución a ambas partes y se informó sobre los recursos que pueden interponerse contra esta decisión.