AEPD desestima reclamación contra Google: Datos de interés público no son obsoletos tras seis años

Resolución TD-02108-2017
Firmado 2018-03-14T00:00:00Z
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Doña A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante solicitó que sus datos no se asociaran en los resultados de búsqueda a diez URLs específicas, donde aparecían noticias publicadas en 2014 relacionadas con su vida pública.

La reclamante argumentó que la información era obsoleta, ya que había dejado de ocupar un cargo público y, por lo tanto, ya no tenía un papel destacado en la vida pública. Sin embargo, Google alegó que las URLs reclamadas contenían información de interés público y que no había indicios de que los datos fueran inexactos o que su publicación no estuviera amparada por el derecho a la libertad de información.

Tras analizar las alegaciones, se determinó que la información en cuestión era relevante y de interés público, ya que se refería a hechos realizados por un cargo público. Además, el tiempo transcurrido desde la publicación de las noticias no era suficiente para considerar la información obsoleta. Por lo tanto, el tratamiento de los datos estaba legitimado y no suponía una vulneración de la normativa de protección de datos.

En consecuencia, se desestimó la reclamación formulada por doña A.A.A. contra Google LLC. La resolución fue notificada a Google Spain, S.L., como establecimiento del responsable en España, para que diera traslado de la misma a Google LLC., y a doña A.A.A.