| Resolución | TD-02075-2017 |
| Firmado | 2018-03-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Doña G.G.G. presentó una reclamación contra Google LLC por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante solicitó la eliminación de seis enlaces en los resultados de búsqueda de Google, que contenían información sobre su actividad profesional y datos personales como su domicilio particular. Argumentó que ya no ejercía ninguna actividad económica y que la información publicada era obsoleta y perjudicial.
La reclamación se basó en el derecho a la cancelación de datos personales, según lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La reclamante proporcionó documentación que respaldaba su solicitud, incluyendo capturas de pantalla de las páginas web en cuestión y pruebas de la obsolescencia de la información.
Google, por su parte, argumentó que las primeras cuatro URLs contenían información relativa a la actividad empresarial de la reclamante, mientras que las otras dos URLs remitían a información publicada en páginas web institucionales, como listas de admitidos a másteres y concesiones de becas.
La resolución determinó que, aunque la publicación original de la información en las páginas web institucionales era lícita, su acceso a través de los resultados de búsqueda de Google constituía una injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada de la reclamante. Se consideró que la información ya no era relevante ni pertinente, y que su acceso a través de una búsqueda por el nombre de la reclamante carecía de interés público.
Por lo tanto, se estimó la reclamación y se instó a Google a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre de la reclamante se vinculara a las URLs reclamadas en los resultados de búsqueda. La resolución también se notificó a Google Spain, S.L., como establecimiento del responsable en España, para que diera traslado de la misma a Google LLC.