AEPD sanciona a PayPal por incumplir el derecho de cancelación de datos de un usuario

Resolución TD-02057-2017
Firmado 2018-02-13T00:00:00Z
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El expediente TD/02057/2017 trata sobre la reclamación presentada por don A.A.A. contra PayPal (Europe) S.À.R.L. et Cie, S.C.A. (PayPal Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos. El reclamante ejerció su derecho de cancelación, pero no recibió respuesta alguna a pesar de múltiples intentos de comunicación a través de teléfono y correo electrónico.

El derecho de cancelación, según la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que el responsable del tratamiento debe responder a la solicitud de cancelación en un plazo de diez días. En este caso, PayPal no cumplió con este requisito legal, lo que constituye una infracción de la normativa vigente.

La resolución R/00209/2018 estima la reclamación de don A.A.A. e insta a PayPal a responder de manera expresa a la solicitud de cancelación dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. Si PayPal no cumple con esta instrucción, podría incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD. Además, se ordena a PayPal comunicar las actuaciones realizadas como consecuencia de esta resolución.

La resolución también se hace pública una vez notificada a los interesados, conforme a lo establecido en la LOPD y su reglamento de desarrollo. Contra esta resolución, los interesados pueden interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.