AEPD sanciona a ALBA CULTURAL SIGLO XXI por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-02035-2017
Firmado 2018-02-15T00:00:00Z
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El 30 de agosto de 2017, D. A.A.A. presentó una reclamación contra la entidad ALBA CULTURAL SIGLO XXI por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante había ejercido su derecho de cancelación el 14 de agosto de 2017, pero no recibió respuesta alguna dentro del plazo legalmente establecido.

La entidad ALBA CULTURAL SIGLO XXI no respondió a la solicitud de cancelación ni a las tres notificaciones enviadas por la Agencia, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correos como «Desconocido». Esto indica que la entidad no ha cumplido con su obligación de responder a la solicitud de cancelación en el plazo de diez días, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

La resolución estima la reclamación de D. A.A.A. e insta a ALBA CULTURAL SIGLO XXI a que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que acredite la atención de su derecho de cancelación o, en su defecto, una denegación motivada y fundamentada. La entidad debe comunicar las actuaciones realizadas a la Agencia en el mismo plazo, bajo riesgo de incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD.

La decisión se basa en la obligación legal de las entidades de responder a las solicitudes de cancelación de datos personales y en la falta de respuesta por parte de ALBA CULTURAL SIGLO XXI, lo que constituye una vulneración de los derechos del reclamante.