AEPD Resuelve Reclamación de Dª A.A.A.: REEFTOWN INVESTMENTS Multada por Respuesta Extemporánea y ASNEF-EQUIFAX Absuelta por Correcta Gestión de Datos

Resolución TD-01882-2017
Firmado 2018-01-02T00:00:00Z
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Dª A.A.A. presentó una reclamación el 1 de agosto de 2017 contra ASNEF-EQUIFAX, IBERCAJA BANCO y REEFTOWN INVESTMENTS por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante alegó que no se había respetado su derecho a la cancelación de información en los ficheros de estas entidades.

La reclamación se completó con la documentación necesaria, y se verificó que Dª A.A.A. había ejercido su derecho de cancelación ante REEFTOWN INVESTMENTS el 24 de abril de 2017 y ante ASNEF-EQUIFAX el 4 de octubre de 2017. Sin embargo, REEFTOWN INVESTMENTS respondió fuera del plazo legal, aunque finalmente atendió la solicitud de cancelación. Por lo tanto, la reclamación contra REEFTOWN INVESTMENTS se estimó por motivos formales, ya que la entidad cumplió con la solicitud aunque de manera extemporánea.

En cuanto a ASNEF-EQUIFAX, se determinó que esta entidad, como responsable de un fichero común de solvencia patrimonial y crédito, había informado correctamente al afectado sobre la confirmación de los datos por parte de la entidad acreedora. Además, ASNEF-EQUIFAX verificó que no existían datos asociados al identificador de la reclamante, por lo que la reclamación contra esta entidad se desestimó.

Finalmente, la reclamación contra IBERCAJA BANCO se inadmitió porque no se aportaron documentos que acreditaran la solicitud de cancelación ante esta entidad. Por lo tanto, no se pudo interpretar como una reclamación válida de tutela de derechos contra IBERCAJA.

La resolución se notificó a todas las partes involucradas y se hizo pública conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.