AEPD desestima reclamación contra Telefónica: La deuda impide la cancelación de datos personales

Resolución TD-01563-2009
Firmado 2022-12-28T00:00:00Z
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Doña A.A.A. presentó una reclamación contra Telefónica Móviles España S.A. por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante había solicitado la cancelación de sus datos el 13 de marzo de 2009 y, al no recibir respuesta, interpuso una reclamación el 21 de julio de 2009. Telefónica argumentó que la reclamante nunca solicitó la cancelación de datos, sino una revisión de facturas. Sin embargo, la empresa finalmente atendió la solicitud de cancelación, indicando que no podía proceder debido a una deuda pendiente.

La resolución desestimó la reclamación, ya que Telefónica había comunicado a la reclamante la imposibilidad de cancelar sus datos debido a la deuda existente. La decisión se basa en que la empresa cumplió con la obligación de responder a la solicitud de cancelación, aunque no pudo proceder a la misma debido a la deuda pendiente.