AEPD sanciona a Xfera Móviles por incumplir el derecho de acceso a datos personales de un usuario

Resolución TD-01345-2018
Firmado 2019-02-27T00:00:00Z
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El procedimiento TD/01345/2018 se inició tras la reclamación de D. A.A.A. contra XFERA MÓVILES, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales y grabaciones de voz. La parte reclamante ejerció su derecho de acceso el 17 de mayo de 2018, pero no recibió respuesta alguna por parte de XFERA MÓVILES, S.A.

La reclamación se basa en el incumplimiento del derecho de acceso, uno de los derechos fundamentales establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este derecho permite a los individuos solicitar y obtener información sobre los datos personales que una entidad tiene sobre ellos, así como el propósito del tratamiento y los destinatarios de esos datos.

Durante el procedimiento, XFERA MÓVILES, S.A. alegó haber atendido la solicitud, pero no pudo acreditarlo documentalmente. La parte reclamante, por su parte, insistió en que no había recibido ninguna comunicación al respecto. Ante la falta de respuesta y la imposibilidad de verificar la atención del derecho de acceso, se estimó la reclamación.

La resolución insta a XFERA MÓVILES, S.A. a remitir a la parte reclamante una certificación que acredite la atención del derecho de acceso en un plazo de diez días hábiles. En caso de incumplimiento, se podría considerar la comisión de una infracción tipificada en el artículo 83.5.e) del RGPD, que podría ser sancionada conforme al artículo 58.2 del mismo reglamento.

La decisión subraya la importancia de que las entidades cumplan con sus obligaciones en materia de protección de datos, garantizando la transparencia y el respeto a los derechos de los individuos. La resolución también se hace pública, conforme a la normativa vigente, para asegurar la transparencia y el cumplimiento de las decisiones administrativas.