AEPD ordena a Google bloquear tuits con datos sensibles y violencia contra reclamante

Resolución TD-01313-2018
Firmado 2019-03-01T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., presentó una denuncia contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. La reclamación se centró en una URL que contenía información personal sensible y datos inexactos, como el DNI escaneado, dirección postal, teléfono, fotografía, email y Facebook, además de información falsa sobre una violación y asesinato.

Google argumentó que, tras evaluar los intereses y derechos relacionados con el contenido, decidió no tomar medidas y no bloquear la URL. Sugirió que el reclamante se dirigiera al webmaster del sitio web o bloqueara la información para que no apareciera en los motores de búsqueda.

La resolución estimó parcialmente la reclamación. Se ordenó a Google que bloqueara los tuits que contenían expresiones que incitaban a la violencia y aquellos que difundían datos personales del reclamante. La decisión se basó en que, aunque la libertad de expresión es un derecho fundamental, no puede justificar la difusión de datos personales sensibles o la incitación a la violencia. La resolución también destacó que el derecho al olvido no puede utilizarse para borrar información reciente o construir un currículum a la carta en internet.

Google fue instado a remitir una certificación del bloqueo de los tuits en cuestión dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. El incumplimiento de esta orden podría resultar en una sanción según lo establecido en la normativa vigente.