AEPD desestima reclamación contra Diputación de Zamora y Google por no cumplir requisitos de supresión de datos personales

Resolución TD-01300-2018
Firmado 2019-02-19T00:00:00Z
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Dª A.A.A. y Dª B.B.B. presentaron una reclamación el 10 de octubre de 2018 contra la Diputación Provincial de Zamora y Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. Las reclamantes alegaron que sus datos personales habían sido publicados en varios enlaces directos en motores de búsqueda sin su consentimiento expreso, y que estos enlaces se derivaban de sentencias obsoletas y difamatorias de los años 2009 y 2012.

La Diputación Provincial de Zamora informó que había emitido un informe el 26 de junio de 2018 para suprimir los enlaces que contenían los datos personales de las reclamantes, pero estas no accedieron a la notificación en el plazo establecido. Además, la Diputación solicitó a Google desindexar las URLs afectadas. Por su parte, Google señaló que la reclamación incluía un número indiscriminado de URLs y que no había recibido ninguna solicitud previa de supresión por parte de las reclamantes.

La resolución desestimó la reclamación contra ambas entidades. En el caso de la Diputación Provincial de Zamora, se consideró que había cumplido con los mecanismos necesarios para desindexar las URLs solicitadas. En cuanto a Google, se desestimó la reclamación porque no se acreditó que las reclamantes hubieran ejercido su derecho de supresión ante la entidad antes de presentar la reclamación.

La decisión se basó en el artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece el derecho a la supresión de datos personales bajo ciertas circunstancias, y en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que considera a los gestores de motores de búsqueda como responsables del tratamiento de datos personales. Sin embargo, en este caso, no se cumplieron los requisitos necesarios para proceder a la supresión de los datos.