AEPD estima reclamación contra el Ayuntamiento de Zamora por respuesta extemporánea a solicitud de supresión de datos en Google

Resolución TD-01296-2018
Firmado 2019-02-19T00:00:00Z
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La reclamación presentada por Dª A.A.A. se centra en la solicitud de supresión de una URL que contenía sus datos personales, los cuales habían sido divulgados sin su consentimiento a través de un enlace en el motor de búsqueda de Google. La reclamante argumenta que, aunque sus datos estaban publicados en un boletín oficial, la creación de un enlace directo en los resultados de búsqueda vulneraba su derecho a la privacidad.

El Ayuntamiento de Zamora defendió su actuación alegando que la publicación de los datos se realizó conforme a la normativa tributaria vigente, específicamente la Ley General Tributaria, y que la creación del enlace en Google era un procedimiento estándar para cumplir con las obligaciones legales de notificación. Por su parte, Google señaló que la reclamante no se había dirigido directamente a ellos antes de iniciar el procedimiento, lo cual es un requisito previo para la tutela de derechos en materia de protección de datos.

La resolución estima la reclamación contra el Ayuntamiento de Zamora por motivos formales, ya que la entidad respondió extemporáneamente a la solicitud de supresión de datos. Sin embargo, no se emite una nueva certificación debido a que la respuesta ya fue proporcionada, aunque fuera fuera de plazo. En cuanto a Google, la reclamación es desestimada porque no se acreditó que la reclamante hubiera ejercido su derecho de supresión directamente ante la empresa antes de iniciar el procedimiento.

La decisión subraya la importancia de que los responsables del tratamiento de datos respondan de manera oportuna a las solicitudes de los interesados y de que estos sigan los procedimientos establecidos para ejercer sus derechos.