AEPD desestima reclamación de desindexación: Google justifica la relevancia pública de la información

Resolución TD-01281-2018
Firmado 2019-02-13T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., presentó una solicitud a Google LLC para la desindexación de varias páginas web que contenían información personal. Argumentó que la información era privada, no pública, y que su inclusión en los resultados de búsqueda denigraba sus ideas políticas. Google, tras evaluar la solicitud, decidió no bloquear los enlaces, alegando que la información era de interés público y relevante.

El reclamante, insatisfecho con la respuesta de Google, presentó una reclamación. Durante el proceso, se constató que el reclamante no había proporcionado inicialmente los detalles específicos de las URLs que deseaba desindexar. Posteriormente, sí aportó los enlaces, pero Google argumentó que las publicaciones estaban amparadas por la libertad de información y que la información era veraz y de interés público.

La resolución desestimó la reclamación por varias razones. Primero, porque el reclamante no detalló adecuadamente las URLs en su solicitud inicial. Segundo, porque las publicaciones estaban protegidas por la libertad de información y no se acreditó la obsolescencia o falta de veracidad de la información. Además, se señaló que el reclamante no había utilizado el cauce adecuado para proteger su derecho al honor y a la propia imagen, que debería ser a través de la Ley Orgánica 1/1982.

Finalmente, se desestimó la reclamación y se notificó la resolución a las partes involucradas.