AEPD desestima reclamación contra Google pero subraya la necesidad de mecanismos accesibles para la supresión de datos personales

Resolución TD-01273-2018
Firmado 2019-02-06T00:00:00Z
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Dª A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. La reclamante descubrió que su nombre y apellidos estaban asociados a páginas de contactos y citas con médicos, lo cual afectaba negativamente a su prestigio profesional. Los datos habían sido obtenidos de la página de la Asociación Española de Pediatría, donde estaba dada de alta. La policía contactó con Google para solicitar la retirada de la página, pero la reclamante alegó dificultades para comunicarse con Google y la ineficacia del formulario proporcionado.

Google argumentó que nunca había recibido una solicitud previa de supresión y que, tras examinar el contenido de la página web, decidió proceder al bloqueo del enlace controvertido. La reclamante, por su parte, insistió en la necesidad de mecanismos más accesibles para ejercer sus derechos y criticó la falta de claridad en los procedimientos.

La resolución determinó que Google, como gestor de un motor de búsqueda, es responsable del tratamiento de datos personales y debe atender las solicitudes de supresión. Sin embargo, dado que Google había bloqueado el enlace durante la tramitación del procedimiento y no se acreditó el ejercicio previo del derecho de supresión ante el responsable del tratamiento, se desestimó la reclamación.

La decisión subraya la importancia de que los motores de búsqueda faciliten el ejercicio de los derechos de los usuarios y la necesidad de mecanismos claros y accesibles para la supresión de datos personales.