AEPD ordena a YOIGO atender el derecho de acceso a datos personales y a la grabación de una contratación telefónica tras reclamación por oferta engañosa

Resolución TD-01260-2018
Firmado 2018-11-06T00:00:00Z
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El procedimiento TD/01260/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra XFERA MÓVILES, S.A. (YOIGO) el 14 de junio de 2018. La reclamación se basó en la falta de atención al derecho de acceso a sus datos personales y a la grabación de una contratación telefónica, alegando una oferta engañosa.

El reclamante solicitó acceso a sus datos y a la grabación de la contratación debido a una oferta telefónica que no correspondía con lo ofrecido inicialmente. YOIGO reconoció un error en su sistema que impidió atender la solicitud de acceso y se comprometió a solucionar el problema. Sin embargo, a la fecha de la resolución, no se había acreditado que el derecho de acceso hubiera sido atendido o denegado de manera motivada.

La resolución estimó la reclamación y ordenó a YOIGO que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera al reclamante una certificación que constara si se había atendido el derecho de acceso o si se había denegado de forma motivada. Además, se exigió que las actuaciones realizadas como consecuencia de la resolución fueran comunicadas en el mismo plazo. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción tipificada en el artículo 83.5.e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que se sancionaría conforme al artículo 58.2 del mismo reglamento.

La resolución también se notificó a ambas partes y se hizo pública una vez notificada a los interesados, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer recursos de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.