AEPD sanciona a Xfera Móviles por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-01253-2018
Firmado 2018-10-31T00:00:00Z
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El expediente TD/01253/2018 trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra XFERA MÓVILES, S.A. (MAS MOVIL) debido a la falta de respuesta a su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante ejerció su derecho de cancelación el 21 de abril de 2018, pero no recibió la respuesta legalmente establecida.

XFERA MÓVILES, S.A. alegó que no había recibido la solicitud de cancelación y que, una vez informada, procedió a cancelar los datos. Sin embargo, no pudo acreditar haber atendido el derecho de cancelación del reclamante.

La normativa vigente establece que el responsable del tratamiento debe responder a las solicitudes de cancelación en un plazo de diez días. La falta de respuesta en el plazo establecido constituye una infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

En la resolución, se insta a XFERA MÓVILES, S.A. a remitir al reclamante una certificación que acredite la cancelación de sus datos en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD. Además, se ordena la comunicación de las actuaciones realizadas a la entidad responsable.

La resolución subraya la importancia de cumplir con los plazos y procedimientos establecidos para garantizar los derechos de los ciudadanos en materia de protección de datos.