| Resolución | TD-01250-2018 |
| Firmado | 2018-10-31T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La resolución R/01700/2018 se refiere a una reclamación presentada por Dª. A.A.A. contra NOVIAS VESO S.L. debido a la falta de respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamante ejerció su derecho de acceso el 2 de abril de 2018, pero no recibió la respuesta legalmente establecida.
El procedimiento incluyó varias actuaciones, como el traslado de la reclamación a NOVIAS VESO S.L. para que presentara sus alegaciones, pero la empresa no respondió. La normativa vigente, específicamente la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su reglamento de desarrollo, establece que los interesados tienen derecho a solicitar y obtener información sobre sus datos personales, y que las solicitudes deben ser respondidas en un plazo máximo de un mes.
La resolución concluye que NOVIAS VESO S.L. no atendió debidamente el derecho de acceso de la reclamante, incumpliendo así la normativa de protección de datos. Por ello, se insta a la empresa a que, en un plazo de diez días hábiles, remita a la reclamante la certificación que facilite el acceso completo a sus datos o, en su caso, deniegue de forma motivada y fundamentada el acceso solicitado. El incumplimiento de esta resolución podría comportar la comisión de una infracción tipificada en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que se sancionará conforme a lo establecido en el artículo 58.2 del RGPD.