| Resolución | TD-01239-2018 |
| Firmado | 2018-12-19T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/01239/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Google LLC (YouTube LLC) y Google Spain, S.L., debido a que no se atendió adecuadamente su solicitud de supresión de un enlace en YouTube. El reclamante alegó que un vídeo publicado en la plataforma hacía una utilización inconsentida de su imagen, y solicitó la eliminación del enlace correspondiente.
El 29 de mayo de 2018, D. A.A.A. ejerció su derecho de supresión, pero Google respondió que el contenido no infringía derechos de copyright y le remitió al Centro de políticas y seguridad de YouTube. El reclamante, considerando que su solicitud no fue atendida adecuadamente, presentó una reclamación de tutela de derechos el 20 de julio de 2018.
Durante el procedimiento, Google argumentó que el reclamante se dirigió a un correo electrónico destinado a la protección de la propiedad intelectual y no al adecuado para la protección de datos. Además, Google afirmó que, tras revisar el caso, había decidido bloquear el vídeo objeto de la reclamación.
La resolución desestimó la reclamación, argumentando que el derecho de supresión no se ejerció en el lugar adecuado y que, finalmente, el enlace había sido eliminado. Por lo tanto, no se impuso ninguna sanción, ya que se consideró que el problema se había resuelto de manera satisfactoria por parte de Google.