| Resolución | TD-01224-2018 |
| Firmado | 2018-12-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 27 de junio de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC (Google Spain, S.L.) debido a que no se había atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. La reclamación se refería a una URL específica que contenía información que el reclamante consideraba insultante y calumniosa, asociada a delitos de prevaricación y cohecho.
El 21 de junio de 2018, D. A.A.A. había solicitado a Google la supresión de esta URL de los resultados de búsqueda, argumentando que no se podían admitir insultos ni calumnias en la web. Google, sin embargo, desestimó la petición alegando que la información tenía relevancia pública y profesional.
Durante el proceso, Google revisó nuevamente el contenido de la URL y decidió proceder al bloqueo del enlace solicitado. La parte reclamante no presentó alegaciones adicionales tras recibir la respuesta de Google.
La resolución desestimó la reclamación, ya que Google había cumplido con la solicitud de supresión del enlace. Se comprobó que, al realizar una búsqueda con el nombre del reclamante, la URL en cuestión ya no aparecía en los resultados.
La decisión se basa en el derecho de supresión establecido en el artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que permite a los interesados solicitar la eliminación de sus datos personales bajo ciertas circunstancias. En este caso, aunque Google inicialmente denegó la solicitud, finalmente accedió a bloquear el enlace, lo que cumplió con la solicitud del reclamante.